El Código de la Democracia establece que el voto es obligatorio en Ecuador para todos los ciudadanos cuya edad esté comprendida entre los 18 y 65 años. Este principio no es solamente una norma cívica, sino una obligación legal. El ejercicio del voto contribuye a la participación democrática y a la toma de decisiones en el país. Sin embargo, cuando una persona no acude a sufragar, se generan sanciones económicas determinadas por la ley.
El 16 de noviembre se llevará a cabo un proceso electoral en el territorio ecuatoriano. Por ello, es importante conocer con claridad qué sucede si un ciudadano no se presenta a ejercer su derecho y obligación al voto, cuáles son las multas, quiénes están exentos y cómo se puede justificar la ausencia en caso de ser necesario.
¿Para quién es obligatorio el voto?
El voto es obligatorio para:
- Personas entre 18 y 65 años.
- Ciudadanos ecuatorianos residentes en el país o registrados en el extranjero para sufragar.
El voto es facultativo, es decir, voluntario, para:
- Jóvenes de 16 y 17 años.
- Adultos mayores de 65 años.
- Personas con discapacidad igual o mayor al 30%.
- Integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.
- Ecuatorianos en el exterior que no estén registrados para votar.
Quienes se encuentran en el grupo de voto facultativo no reciben multa si no votan.
Multa por no votar
En caso de no votar sin causa justificada, la multa corresponde al:
10% del Salario Básico Unificado (SBU).
Como el SBU actual es de $470, la multa es:
$47 dólares
Esta multa queda registrada en el sistema del CNE, por lo que la persona deberá cancelarla para poder obtener el certificado de votación, documento que suele ser requerido en múltiples trámites administrativos.
Multa por no asistir como Miembro de Mesa
Si un ciudadano fue designado como Miembro de Junta Receptora del Voto (MJRV) y no asistió, la multa es mayor:
15% del SBU, equivalente a:
$70,50 dólares
Además, puede enfrentar sanciones administrativas adicionales en algunos casos.
¿Quiénes pueden justificar su inasistencia?
La ley permite justificar la ausencia en los siguientes casos:
- Impedimento legal que impida votar.
- Problemas de salud, comprobados con certificado médico del Sistema Nacional de Salud.
- Calamidad doméstica grave, ocurrida entre ocho días antes hasta el mismo día de la elección.
- Estar fuera del país y haber llegado el mismo día a Ecuador.
- Estar trabajando dentro del proceso electoral el día de la votación.
- Pertenecer a los grupos con voto facultativo.
El formulario de justificación y documentos de respaldo deben presentarse en la Delegación Provincial del CNE correspondiente.

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