El Ministerio del Trabajo emitió un acuerdo ministerial que regula de forma estricta el procedimiento para la autorización de turnos y horarios laborales especiales en el país. La normativa consta en el Acuerdo MDT-2026-046, firmado por el ministro Harold Burbano el 18 de febrero de 2026, y establece nuevas reglas obligatorias para empleadores y trabajadores sujetos al Código del Trabajo.
El documento señala que los turnos especiales requieren autorización previa cuando, por la naturaleza técnica, productiva o de interés público, las actividades no pueden interrumpirse. Esto incluye labores cuya suspensión genere perjuicios económicos, afecte servicios esenciales o responda a necesidades operativas del empleador.
La normativa identifica dos tipos de turnos especiales. El primero corresponde a aquellos que implican más de cinco días consecutivos de trabajo, siempre que se otorguen días adicionales o acumulados de descanso. El segundo contempla jornadas de menos de cinco días consecutivos, pero con intervalos de descanso menores a dos días seguidos. El acuerdo aclara que las modalidades no contempladas en estos casos no requieren autorización, siempre que exista consentimiento entre las partes.
En cuanto a los horarios especiales, el acuerdo dispone que también están sujetos a autorización ministerial cuando impliquen horarios rotativos, ya sean diurnos, nocturnos o mixtos, en jornadas continuas o discontinuas. Asimismo, se permite la aplicación de horas suplementarias o extraordinarias, siempre que se respeten los límites y recargos previstos en el artículo 55 del Código del Trabajo.
El texto faculta a empleadores y trabajadores a incrementar las horas de la jornada diaria a cambio de mayores días de descanso, bajo el principio de compensación. En ningún caso la jornada podrá exceder las 12 horas diarias, y si se supera el límite legal de trabajo o se labora durante días de descanso acumulado, se aplicarán los recargos correspondientes.
El acuerdo también incorpora un enfoque de fomento al empleo juvenil, priorizando la autorización de turnos especiales cuando se generen nuevas plazas para jóvenes entre 18 y 29 años, especialmente en su primera experiencia laboral formal. Para estas contrataciones, el uso de la plataforma Encuentra Empleo será obligatorio.
Finalmente, se establece la posibilidad de aplicar una jornada laboral eficiente, permitiendo distribuir las 40 horas semanales en un máximo de 10 horas diarias, dentro de cinco días, con derecho a recargos cuando se superen las horas semanales permitidas.

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