Daniel Noboa decreta nuevo estado de excepción en 10 provincias y tres cantones por grave conmoción interna

Daniel Noboa decreta nuevo estado de excepción en 10 provincias y tres cantones por grave conmoción interna

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, firmó este martes 16 de junio un nuevo decreto de estado de excepción por “grave conmoción interna” en diez provincias y tres cantones del país. La medida tendrá una vigencia de 60 días y busca fortalecer las acciones de seguridad frente a las amenazas del crimen organizado y la violencia que afectan a varias zonas del territorio nacional.

La disposición abarca las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, además de los cantones La Maná, en Cotopaxi; Las Naves, en Bolívar; y La Troncal, en Cañar.

Entre las principales medidas contempladas en el decreto se encuentra la suspensión temporal del derecho a la inviolabilidad de domicilio, lo que permitirá a las fuerzas de seguridad realizar allanamientos cuando existan indicios sobre la presencia de grupos armados organizados, armas, explosivos o sustancias sujetas a fiscalización. El Gobierno sostiene que esta herramienta facilitará las operaciones contra estructuras criminales que operan en distintas regiones del país.

Asimismo, se suspendió el derecho a la inviolabilidad de correspondencia, con el objetivo de permitir la identificación, análisis y recopilación de información relacionada con los hechos que motivaron la declaratoria. Según el documento oficial, estas acciones deberán ejecutarse bajo criterios de necesidad, proporcionalidad y respeto a las garantías constitucionales.

El decreto también dispone la participación de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional para mantener el orden público, prevenir actividades delictivas y reforzar la seguridad ciudadana en las jurisdicciones incluidas dentro de la medida extraordinaria.

Otro de los artículos autoriza la requisición temporal de bienes y servicios que resulten estrictamente necesarios para garantizar el desarrollo de las operaciones de seguridad durante la vigencia del estado de excepción.

La ejecución de la disposición estará a cargo del Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, junto con otras instituciones competentes. Además, el Gobierno notificará oficialmente la decisión a la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA), conforme a los procedimientos establecidos para este tipo de medidas excepcionales.

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