Asamblea Nacional da luz verde a una reforma para acelerar las adopciones en Ecuador
La Asamblea Nacional aprobó con 118 votos a favor la ley que reforma el sistema de adopción en Ecuador, con el objetivo de reducir el tiempo del proceso a un máximo de un año. La iniciativa, impulsada por la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social, busca eliminar trámites innecesarios, fortalecer la protección de los menores y brindar mayor seguridad jurídica a las familias adoptantes.
El segundo debate inició con el testimonio de Jhon Vargas y Jenny Fernández, padres adoptantes de dos niñas, quienes compartieron su experiencia sobre la demora que enfrentaron durante el proceso. Ambos destacaron que crecer en un entorno familiar representa un cambio positivo para los niños y adolescentes que permanecen en casas de acogida.
Según explicaron, la permanencia prolongada en instituciones puede afectar el desarrollo emocional, psicológico y social de los menores, generando sentimientos de abandono, inseguridad, ansiedad y dificultades en el aprendizaje.
Cambios que incorpora la nueva normativa
La reforma establece que la adopción corresponderá a parejas legalmente constituidas por personas de distinto sexo, así como a personas solteras heterosexuales que cumplan con todos los requisitos legales.
Además, se prohíbe que puedan adoptar personas condenadas o vinculadas con delitos sexuales o delitos contra la integridad de niñas, niños y adolescentes.
Otro de los puntos incorporados en la normativa contempla la pérdida de la patria potestad cuando un padre o madre promueva procedimientos farmacológicos, químicos o médicos para modificar el sexo biológico de un menor de edad.
Plazos definidos para reducir la espera
La ley fija tiempos específicos para cada etapa del procedimiento. La Policía Nacional especializada tendrá hasta dos meses para ubicar a los familiares del menor. Posteriormente, la Unidad Técnica de Adopciones dispondrá de 45 días laborables para elaborar el informe sobre la situación del niño y otros 45 días para emitir la declaración de idoneidad de los futuros adoptantes.
El proceso de emparentamiento contará con un plazo de 40 días, mientras que el Registro Civil deberá inscribir la sentencia de adopción en un máximo de tres días tras recibir la notificación correspondiente. Finalmente, se establece un período de seis meses para el seguimiento de la reinserción familiar.
Debate y observaciones durante la sesión
Durante el debate, varios legisladores respaldaron la necesidad de acelerar los procesos de adopción para garantizar que más niños puedan integrarse a una familia en menor tiempo. Sin embargo, también se plantearon observaciones sobre la importancia de que la rapidez de los trámites no afecte la protección integral de los menores.
Entre las principales inquietudes estuvo el plazo previsto para el proceso de emparentamiento y la necesidad de establecer mecanismos claros en caso de que este no concluya de forma favorable dentro del tiempo establecido. Pese a estas observaciones, la normativa obtuvo un amplio respaldo y marca un cambio significativo en el sistema de adopciones del país.

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