Gobierno reduce temporalmente el IVA para impulsar el turismo
El Gobierno de Ecuador anunció una reducción temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15 % al 8 % durante el feriado extendido por el Día del Trabajo, una medida que busca estimular el turismo interno y dinamizar la economía nacional durante los días de descanso.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo 368, que establece que la tarifa reducida del IVA se aplicará desde el jueves 30 de abril hasta el domingo 3 de mayo de 2026. Durante estos cuatro días, los establecimientos turísticos deberán emitir comprobantes de venta aplicando la tarifa del 8 %, lo que representa un beneficio directo para los consumidores que planean viajar o disfrutar de actividades recreativas.
Esta política forma parte de las acciones impulsadas por el presidente Daniel Noboa para fortalecer el sector turístico, uno de los motores económicos más importantes del país. Con la reducción del impuesto, se espera incrementar la demanda de servicios turísticos, incentivar el consumo y promover la movilidad interna durante el feriado.
Servicios turísticos que aplicarán el IVA del 8 %
La reducción del IVA aplicará exclusivamente a las actividades contempladas en el artículo 5 de la Ley de Turismo, las cuales incluyen una amplia variedad de servicios relacionados con el sector turístico.
Entre los principales servicios que deberán facturar con la tarifa reducida del 8 % se encuentran:
- Servicios de alojamiento, como hoteles, hostales, resorts y hospedajes turísticos.
- Servicios de alimentos y bebidas, incluyendo restaurantes, cafeterías y establecimientos gastronómicos orientados al turismo.
- Servicios de transportación turística, ya sea aérea, marítima, fluvial o terrestre, así como el alquiler de vehículos.
- Operación turística, cuando las agencias de viajes proporcionen transporte propio para los turistas.
- Servicios de intermediación turística, como agencias de viajes, operadores turísticos y organizadores de eventos, congresos y convenciones.
- Centros de entretenimiento, como casinos, salas de juego, hipódromos y parques de atracciones permanentes.
La normativa establece que todos los negocios que ofrezcan estos servicios deberán aplicar obligatoriamente la tarifa del 8 % en los comprobantes de venta durante los días del feriado, garantizando que los consumidores reciban el beneficio fiscal establecido por el Gobierno.
Feriado nacional de cuatro días en Ecuador
El beneficio tributario coincide con el feriado nacional extendido por el Día del Trabajo, que este año tendrá una duración de cuatro días consecutivos.
Mediante el Decreto Ejecutivo 354, emitido previamente por el Gobierno, se dispuso la suspensión de la jornada laboral del jueves 30 de abril, lo que permitirá que el descanso se extienda hasta el domingo 3 de mayo.
De esta manera, el calendario de descanso en el país queda establecido de la siguiente forma:
- Jueves 30 de abril
- Viernes 1 de mayo (Día del Trabajo)
- Sábado 2 de mayo
- Domingo 3 de mayo
La medida aplica tanto para el sector público como para el sector privado, permitiendo que millones de ciudadanos puedan aprovechar el feriado para viajar, realizar actividades turísticas o compartir en familia mientras se benefician de la reducción temporal del IVA en los servicios turísticos del país.










