Corte Constitucional acepta correcciones de Daniel Noboa al estatuto

Corte Constitucional acepta correcciones de Daniel Noboa al estatuto

La decisión de la Corte Constitucional (CC) sobre las correcciones enviadas por el presidente Daniel Noboa marca un punto de inflexión en la historia reciente del país. Ecuador se encuentra, una vez más, en la antesala de una posible asamblea constituyente, un proceso que, en la memoria ciudadana, despierta expectativas y también cautelas.

En los últimos años, la inestabilidad institucional ha sido una constante. La CC, como máximo órgano de control constitucional, actúa como árbitro en este escenario. Su dictamen no solo habilita la consulta popular, sino que además establece los parámetros para que esta se desarrolle con transparencia y claridad.

Este acontecimiento no puede analizarse de manera aislada: está relacionado con la agenda política de Noboa, las tensiones entre el Ejecutivo y la Asamblea Nacional, y el deseo de introducir reformas profundas al sistema político.

Primer fallo de la Corte Constitucional sobre la constituyente

La decisión del 22 de septiembre

El 22 de septiembre de 2025, la Corte Constitucional emitió un primer fallo histórico. En él reconoció que la vía de la asamblea constituyente era jurídicamente válida para realizar las reformas estructurales planteadas por Noboa. Esta aceptación fue interpretada como una señal de apertura al cambio, aunque también despertó temores de que se abra un nuevo ciclo de inestabilidad política.

El análisis del 23 de septiembre

Un día después, el 23 de septiembre, la CC se pronunció sobre los considerandos, la pregunta y el estatuto de la consulta. Si bien avaló la mayor parte de la propuesta, señaló la necesidad de realizar correcciones puntuales:

  • Suprimir ciertos considerandos redundantes o poco claros.
  • Modificar los artículos 4 y 5 del estatuto, referentes a la elección de constituyentes y la asignación de escaños.

Este dictamen obligó al Ejecutivo a reaccionar con rapidez.

Correcciones realizadas por Daniel Noboa

Supresión de considerandos

Noboa eliminó aquellos considerandos señalados por la Corte, con el fin de simplificar el texto y evitar interpretaciones ambiguas. Esta medida fue leída como un acto de respeto a la institucionalidad, mostrando disposición a dialogar con la CC.

Modificación de artículos 4 y 5 del estatuto

Los artículos relacionados con la elección de constituyentes y la distribución de escaños fueron ajustados para cumplir con las observaciones de la Corte. El Ejecutivo incorporó un sistema más claro, que busca reflejar el principio de representación proporcional.


Dictamen final de la Corte Constitucional

Validación de cambios

El 24 de septiembre, la Corte Constitucional emitió su dictamen definitivo. En él determinó que los cambios introducidos por Noboa cumplían con los requisitos constitucionales.

Recomendación de tabla de distribución de escaños

Además, la Corte ordenó que se incluya en el estatuto una tabla detallada con la forma de distribución de escaños, de manera que los ciudadanos tengan un panorama transparente y comprensible del proceso.

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