Elecciones seccionales: partidos y alianzas pueden subsanar sus listas por cinco razones

Elecciones seccionales: partidos y alianzas pueden subsanar sus listas por cinco razones

Las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026 avanzan hacia una nueva etapa con la revisión de las candidaturas inscritas por partidos, movimientos y alianzas políticas.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que, hasta el cierre del plazo de inscripción, se registraron preliminarmente 53.534 solicitudes de candidaturas para las diferentes dignidades que estarán en disputa.

Entre las inscripciones constan 1.348 candidaturas para alcaldías y 152 binomios para prefecturas y viceprefecturas. También se presentaron miles de postulaciones para concejales urbanos, rurales y vocales de juntas parroquiales.

¿Qué revisarán las juntas electorales?

Las 24 juntas provinciales electorales (JPE) verificarán que los candidatos cumplan los requisitos establecidos en la Constitución, el Código de la Democracia y las normas electorales.

Además, los representantes de las organizaciones políticas podrán presentar objeciones contra candidaturas de otros competidores cuando consideren que existen incumplimientos, prohibiciones o inhabilidades.

No todas las observaciones provocan el rechazo definitivo de una lista. La normativa contempla determinados casos en los que los partidos y alianzas pueden corregir los inconvenientes detectados.

Cinco razones para subsanar candidaturas

Las organizaciones políticas podrán subsanar sus listas cuando se presenten las siguientes situaciones:

  1. Incumplimiento de requisitos de edad y pertenencia.
  2. Inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución y la ley.
  3. Falta de presentación del plan de trabajo.
  4. Ausencia de la declaración juramentada ante notario.
  5. Documentación incompleta o incumplimiento de formalidades durante la inscripción.

Cuando una junta electoral determine que una candidatura puede ser subsanada, notificará al representante legal de la organización política.

Los partidos, movimientos o alianzas tendrán dos días para presentar los documentos faltantes o realizar los reemplazos correspondientes.

¿Qué requisitos no pueden subsanarse?

Existen incumplimientos que pueden provocar el rechazo definitivo de una lista. Entre ellos está la falta de realización de los procesos de democracia interna o elecciones primarias exigidos para seleccionar a los candidatos.

También pueden generar el rechazo las listas que no cumplan las reglas de paridad, alternabilidad y secuencialidad entre mujeres y hombres, además de las disposiciones relacionadas con la inclusión de jóvenes.

En los casos de reemplazo durante la etapa de subsanación, no será necesario realizar un nuevo proceso de democracia interna. Sin embargo, el candidato sustituto deberá aceptar personalmente su postulación ante el CNE o la junta electoral correspondiente.

Además, los reemplazos deberán respetar las reglas de paridad de género e inclusión de jóvenes.

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *