Detención de Aquiles Alvarez: qué pasa con su cargo y quién lo asumiría en Guayaquil

La detención del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, ocurrida la madrugada del martes 10 de febrero, provocó un fuerte impacto político y jurídico en la ciudad. El operativo incluyó allanamientos en distintos sectores de Guayaquil y Samborondón y dejó como resultado la aprehensión del burgomaestre, su hermano Antonio Alvarez, presidente de Barcelona Sporting Club, y otras nueve personas.

La Fiscalía confirmó que el procedimiento se ejecutó dentro de una investigación por presunta delincuencia organizada, con posibles vínculos a lavado de activos y defraudación tributaria. Tras la captura, los sospechosos fueron trasladados a Quito en un avión militar C-130 para comparecer ante la Unidad Judicial de Iñaquito, donde se definirá su situación legal.

Uno de los aspectos que genera mayor preocupación es que el alcalde no portaba el grillete electrónico que debía utilizar por otro proceso judicial relacionado con la supuesta comercialización irregular de hidrocarburos. Para especialistas en derecho penal, este incumplimiento podría ser un argumento clave para que la Fiscalía solicite la prisión preventiva.

El abogado penalista Kléber Siguencia explicó que la detención tiene como objetivo la formulación de cargos, etapa en la que el juez determina las medidas cautelares. Si se ordena la privación de libertad, el alcalde quedaría impedido de ejercer sus funciones mientras avance la investigación, una medida que puede extenderse hasta un año sin sentencia.

En ese escenario, el Concejo Cantonal tendría que designar a la vicealcaldesa como autoridad encargada para garantizar la continuidad administrativa del Municipio. Este mecanismo evita un vacío de poder y permite que la gestión municipal siga operando con normalidad.

No obstante, si el juez opta por una medida alternativa a la cárcel, Alvarez podría defenderse en libertad y continuar al frente de la Alcaldía, amparado en el principio de inocencia que reconoce la Constitución.

La legislación ecuatoriana también establece límites claros sobre la permanencia de una autoridad fuera de sus funciones. Una ausencia superior a tres días debe formalizarse mediante licencia o permiso, mientras que permanecer fuera del cantón por más de 30 días sin justificación puede configurar una ausencia definitiva, lo que implicaría la pérdida del cargo.

Además, la Ley Orgánica de Servicio Público contempla derechos como vacaciones y licencias para los funcionarios, herramientas que podrían utilizarse para manejar una ausencia temporal, siempre con la aprobación del Concejo.

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