La situación judicial del exvicepresidente Jorge Glas registra un nuevo giro tras la decisión de un juez penal de convocar a una audiencia de habeas corpus para este viernes 26 de diciembre, a las 11:00, en modalidad mixta y de carácter público. La diligencia se realizará luego de que la acción constitucional fuera admitida a trámite, tras superar un conflicto de competencia judicial.
La defensa de Jorge Glas informó que el miércoles 24 de diciembre recibió dos notificaciones relevantes. La primera corresponde a la convocatoria formal de la audiencia de habeas corpus; la segunda, a la notificación escrita de la sentencia del caso Reconstrucción de Manabí, cuya condena fue dictada oralmente el 30 de junio. Según los abogados, el retraso en la entrega del fallo escrito habría afectado el derecho a la defensa y al recurso, al limitar la posibilidad de presentar apelaciones dentro de los plazos legales.
Admisión del recurso y competencia judicial
El recurso de habeas corpus fue presentado el 22 de diciembre. Inicialmente, la Corte Provincial de Santa Elena se declaró incompetente y remitió el proceso para sorteo. Posteriormente, un juez penal avocó conocimiento del caso y admitió a trámite la acción constitucional, habilitando la convocatoria inmediata a la audiencia pública.
Esta decisión permitió que el caso avance en sede constitucional, donde se evaluarán las condiciones de privación de libertad y la legalidad de las actuaciones estatales en relación con Jorge Glas.
Audiencia pública y obligación de presentar a Jorge Glas
El juez dispuso que la audiencia se desarrolle bajo el principio de “cuerpo presente”, lo que obliga al Estado a presentar físicamente a Jorge Glas durante la diligencia. La providencia advierte que el incumplimiento de esta disposición podría acarrear sanciones conforme a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
Además, se ordenó la comparecencia obligatoria del Ministerio del Interior, el SNAI, la Dirección del Centro de Privación de Libertad N.º 1 de Santa Elena y la Procuraduría General del Estado, así como la notificación al centro de máxima seguridad La Roca.
Medidas cautelares y atención médica
De manera previa, el juez dictó medidas cautelares constitucionales inmediatas para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del exvicepresidente. En ese marco, se dispuso que el Ministerio de Salud Pública, el SNAI y las autoridades penitenciarias actúen de forma coordinada para garantizar su atención médica.
La providencia establece que, si existe una necesidad médica debidamente justificada, Jorge Glas deberá ser trasladado a un hospital o centro de salud público, conforme a la recomendación del personal médico del centro penitenciario.
Inversión de la carga probatoria
El juez recordó que en materia constitucional rige el principio de inversión de la carga probatoria, por lo que corresponde a las entidades accionadas demostrar la legalidad de la detención. Para ello, se ordenó presentar en audiencia la documentación médica, el informe jurídico y el prontuario penitenciario de Jorge Glas.
La audiencia del 26 de diciembre será clave para definir el rumbo de este proceso constitucional y sus eventuales efectos jurídicos.

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