Daniel Noboa ratifica conflicto armado interno en Ecuador bajo nueva Ley de Solidaridad

El Decreto 55 consolida la postura del Gobierno frente a la amenaza de grupos armados

El presidente Daniel Noboa, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 55, emitido el 16 de julio de 2025, reafirmó la existencia de un conflicto armado interno en Ecuador, sustentado por la reciente Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. Esta norma, promulgada hace menos de un mes, define los parámetros bajo los cuales el Estado reconoce la presencia de estructuras armadas organizadas que operan con violencia prolongada dentro del territorio nacional.

La ratificación presidencial responde a la evidencia de que se cumplen los criterios establecidos en el artículo 7 de la mencionada ley, que alude directamente al Derecho Internacional Humanitario. Este paso marca una intensificación en la estrategia estatal para enfrentar al crimen organizado transnacional, que ha permeado diversas zonas del país.

¿Qué establece la Ley de Solidaridad Nacional sobre el conflicto armado interno?

De acuerdo con esta legislación, para que se reconozca oficialmente un conflicto armado interno deben coexistir dos condiciones principales:

  1. Organización estructurada de los grupos armados.
  2. Intensidad sostenida de la violencia ejercida contra el Estado, la población civil y bienes públicos o privados.

Ambos criterios serán detallados en el Reglamento General de la Ley, cuya expedición ya fue dispuesta por el Ejecutivo. Esta normativa busca proporcionar un marco técnico y jurídico que respalde la identificación y clasificación de las organizaciones criminales como actores en un conflicto armado, al estilo de insurgencias o estructuras narco-guerrilleras.

Componentes fundamentales del Decreto Ejecutivo 55

El Decreto Ejecutivo 55 contiene tres artículos, cuatro disposiciones generales y una derogatoria única, consolidando la visión del Gobierno respecto a la lucha contra las bandas delictivas con estatus de enemigos internos.

Uno de los puntos clave es la directriz dada al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), anteriormente conocido como CIES, para que realice:

  • Actualizaciones individualizadas y periódicas sobre los grupos armados organizados.
  • Emisión de políticas de clasificación y desclasificación de información relacionada con dichas estructuras y sus miembros o colaboradores.

Esto permitirá a las autoridades competentes acceder a inteligencia estratégica en tiempo real, con el fin de ejecutar acciones precisas contra estos actores considerados de alto valor estratégico, como es el caso de alias Fito, líder del grupo Los Choneros, solicitado en extradición por Estados Unidos.

Repercusiones legales y operativas del nuevo marco normativo

El Decreto fortalece la ejecución de políticas represivas y preventivas contra el crimen organizado. La Ley de Solidaridad Nacional incorpora medidas excepcionales como:

  • Prisión preventiva obligatoria para delitos relacionados con el crimen organizado.
  • Indulto presidencial diferido para miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que enfrenten procesos judiciales derivados del conflicto armado interno.

Además, el artículo 9 de la ley define explícitamente que:

«Se entenderá por grupo armado organizado a toda agrupación estructurada de tres o más personas con una estructura de poder organizada que ejerce violencia prolongada contra el Estado, la población y bienes civiles».

Esta definición permite catalogar a bandas delictivas como organizaciones armadas enemigas del Estado, lo cual modifica radicalmente su tratamiento judicial y militar.

Antecedentes y tensiones con la Corte Constitucional

Aunque el conflicto armado interno fue decretado inicialmente en enero de 2024, poco después de que Noboa asumiera el cargo, la Corte Constitucional ha rechazado en varias ocasiones esta calificación dentro de sus dictámenes sobre los estados de excepción decretados en diferentes provincias.

Actualmente, se tramitan en el alto tribunal al menos 20 demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Solidaridad Nacional y otras normativas enviadas con carácter de económico urgente. Organizaciones de derechos humanos, constitucionalistas y colectivos sociales han cuestionado tanto la forma como el fondo de estas reformas.

No obstante, el Ejecutivo insiste en que estas herramientas son esenciales para restablecer el orden público y garantizar la seguridad integral del Estado frente a lo que considera un escenario bélico no convencional.

Contexto de violencia y expansión del crimen organizado

La decisión de Noboa se enmarca en un crecimiento sostenido de la violencia y del accionar de bandas criminales vinculadas al narcotráfico, extorsión, secuestro y sicariato. Según reportes del Ministerio del Interior, los homicidios intencionales aumentaron un 35 % en el primer semestre de 2025, especialmente en provincias como Guayas, Esmeraldas y Manabí.

Además, el uso de armas largas, drones con explosivos y tecnología de encriptación para comunicaciones evidencia una mutación operativa de las bandas, que se comportan como verdaderos ejércitos no estatales.

Ante ello, la política de seguridad del Gobierno ha transitado desde un enfoque policial a uno de seguridad nacional y defensa militar interna, amparado ahora bajo el nuevo marco legal.

Implicaciones para los derechos humanos y el debido proceso

Diversas organizaciones nacionales e internacionales han expresado preocupación por las implicaciones de esta ley en los derechos fundamentales. Denuncian la posibilidad de abusos, detenciones arbitrarias, y juicios sin garantías procesales, especialmente en zonas donde se ejecutan operativos conjuntos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

El Ejecutivo ha respondido señalando que toda acción estará enmarcada en el respeto a los derechos humanos y supervisada por los entes correspondientes. No obstante, la comunidad jurídica permanece atenta a cómo se aplicarán las nuevas disposiciones en casos concretos.

Proyección a futuro: ¿una guerra prolongada contra el crimen?

Con este nuevo decreto, Daniel Noboa endurece su política de seguridad, apostando a una confrontación directa y frontal con los grupos armados organizados. La narrativa oficial equipara a estas bandas con actores de guerra, lo que justifica el uso de estrategias militares, inteligencia ofensiva y un marco jurídico de excepción.

El éxito o fracaso de esta política dependerá en gran medida de:

  • La eficacia en la ejecución de operativos de inteligencia y neutralización.
  • El respaldo político e institucional que logre sostener el Ejecutivo.
  • La respuesta de la Corte Constitucional ante los múltiples recursos presentados.

Este viraje en la doctrina de seguridad marcará un antes y un después en la historia reciente del Ecuador, al consolidar un modelo híbrido entre democracia y estado de seguridad reforzado, con consecuencias aún por determinar en lo político, social y legal.

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